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Tribunal impide a Bancor descontar más del 20% de salarios

La justicia de Río Cuarto dictó una medida cautelar que prohíbe al Banco de Córdoba efectuar descuentos superiores al 20% sobre los haberes de una empleada provincial. La decisión judicial responde a principios de protección al consumidor y mantendrá vigencia hasta que concluya la tramitación judicial del fondo del asunto.

El fallo judicial interviene para frenar una situación que los tribunales evaluaron como potencialmente abusiva. Los magistrados encontraron fundamentos suficientes en los planteos de la demanda como para adoptar una medida cautelar que protegiese inmediatamente los derechos de la trabajadora antes de que se resuelva definitivamente la causa.

Con esta resolución, el Banco de Córdoba queda constreñido a no superar el umbral del 20% en sus debitos sobre el salario mensual de la empleada. Esto significa que la trabajadora conservará como mínimo el 80% de sus haberes, cantidad que los tribunales consideran apropiada para garantizar su subsistencia y su capacidad de acceso a bienes y servicios esenciales.

La medida cautelar funciona como una protección transitoria. Mientras se sustancia el proceso judicial que determinará si el Banco de Córdoba actuó legalmente o incurrió en conductas abusivas, esta restricción evita que se continúe afectando de manera desproporcionada el ingreso de la trabajadora.

La fundamentación de la decisión se asienta en normativas de protección del consumidor que establecen límites explícitos a las acciones que las entidades financieras pueden ejercer sobre los haberes de terceros. El tribunal aplicó estos criterios para balancear el derecho de la institución a recuperar lo que reclama frente a los derechos fundamentales de la trabajadora a acceder íntegramente a su remuneración. La cautelar permanecerá hasta la sentencia definitiva.

Imagen: Sora Shimazaki / Pexels – Con informacion de Perfil

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